ALGUNAS PRECISIONES SOBRE EL MEMORANDUM SUSCRITO RECIENTEMENTE ENTRE BOLIVIA Y ESPAÑA
Por Dr. Rafael Ruiz Manteca
El día 16 de octubre de 2012, con ocasión de una visita realizada por la Reina Doña Sofía a Bolivia, se procedió a la firma de un Memorandum de Entendimiento entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Reino de España en el que ambos Estados dejaban constancia de sus intenciones de establecer un marco de cooperación entre los dignatarios en materia de patrimonio cultural y en especial en lo que se refiere a la investigación, protección, conservación y difusión de los bienes culturales recuperados de la fragata española Nuestra Señora de las Mercedes (caso Odyssey), una vez que éstos hayan sido debidamente documentados, inventariados y restaurados. En dicho marco, el punto tercero del Memorandum señala que
“el Gobierno de España manifiesta su disposición a que, según los acuerdos específicos que en su momento puedan establecerse por los signatarios en el marco de las legislaciones de ambos países, una parte de los bienes recuperados en el pecio de la Nuestra Señora de las Mercedes pueda ser expuesta en Bolivia para el disfrute y conocimiento del importante significado de este patrimonio por los ciudadanos bolivianos”.
Se trata de una simple declaración de intenciones, pues este Memorándum no es un tratado internacional que obligue en derecho a los Estados signatarios. En efecto, el cuarto punto señala que “el presente Memorándum de entendimiento no es jurídicamente vinculante y no está sometido a Derecho Internacional”. Sin embargo, marca una tendencia, a nuestro modo de ver adecuada, sobre por dónde debe ir la actuación diplomática española en esta materia de la protección del patrimonio cultural subacuático español, patrimonio del que, no se olvide, se deberá disponer en beneficio de toda la humanidad (artículo 2.3 de la Convención UNESCO sobre protección del patrimonio cultural subacuático).
Conviene retener varios datos:
1. La Convención de la UNESCO de 2001, sobre protección del patrimonio cultural subacuático, en su artículo 6.1 alienta a los Estados Partes “a celebrar acuerdos bilaterales, regionales u otros acuerdos multilaterales… con objeto de preservar el patrimonio cultural subacuático”, si bien “todos estos acuerdos deberán estar en plena conformidad con las disposiciones de la presente Convención y no menoscabar el carácter universal de ésta”. Dicho llanamente, los Estados que hayan suscrito la Convención de la UNESCO (y, por tanto, se encuentren obligados a su cumplimiento) deben tener a ésta como el punto de referencia ineludible en orden a la protección del patrimonio cultural sumergido, por lo que, aunque se recomienda que celebren con otros Estados tratados y acuerdos sobre patrimonio cultural subacuático, en los mismos deberán respetarse las normas protectoras de la Convención UNESCO y, en lo posible, mejorarlas (esto es, incrementar la protección), pero nunca esos acuerdos o tratados podrán establecer normas protectoras de menor intensidad.
2. En España, el Libro Verde aprobado en 2009 en desarrollo del Plan Nacional de Protección del patrimonio cultural subacuático establece como propuesta de actuación prioritaria el “negociar y concluir acuerdos internacionales de cooperación con otros Estados con el objeto de proteger el Patrimonio Cultural Subacuático español hallado en aguas bajo soberanía o jurisdicción de esos Estados”.
3. No es la primera vez que España lleva a cabo aproximaciones a Estados americanos, hasta ahora infructuosas, en orden a alcanzar acuerdos bilaterales sobre determinados pecios existentes en aguas de tales Estados (caso de las gestiones llevadas a cabo con Uruguay en los últimos años noventa del pasado siglo y primeros de éste en relación con el pecio del navío San Salvador. También, la redacción de un proyecto de acuerdo bilateral entre el Reino de España y la República Dominicana en el año 2000, igualmente ofrecido a otras repúblicas americanas, como Panamá o Uruguay. Y recientemente cabe mencionar el denominado Memorando de Entendimiento sobre cooperación en materia de gestión, investigación, protección, conservación y preservación de los recursos y pecios del Patrimonio Cultural Subacuático, suscrito en Washington el día 1 de diciembre de 2010 entre la Ministra de Cultura de España y el Director del National Ocean Service de la Administración Nacional Oceánica y Atmosférica (NOAA), agencia federal dependiente del Departamento de Comercio estadounidense). En este sentido conviene indicar que desde hace unos años México está trabajando en una gran actuación en busca de la nao Nuestra Señora del Juncal, en la que España deberá participar, primero porque la Convención UNESCO le reconoce unos derechos al pertenecer ese buque a la Real Armada, pero sobre todo porque tiene unas responsabilidades indudables ante la comunidad internacional como Estado avanzado en la protección del patrimonio cultural subacuático.
4. En el caso concreto de Bolivia, que no es Parte de la Convención UNESCO, se trata de un Estado sin salida al mar, por lo que huelga hablar de restos sumergidos en aguas marinas, aunque la cooperación puede alcanzar a la formación del personal boliviano en materia de patrimonio cultural subacuático, así como a la ayuda en la exploración e investigación de restos ubicados bajo aguas continentales bolivianas.
Es muy importante que España comience de manera decidida, en el marco de la Convención de la UNESCO y bajo el paraguas de esta organización internacional, a celebrar tratados con los Estados en cuyas aguas se encuentren restos de buques de guerra españoles, y a la celebración de acuerdos con autoridades estatales o con instituciones culturales de tales países, con la finalidad de asegurar la protección física de esos restos, establecer unos cauces de actuación que permitan completar los estudios de los respectivos pecios y proceder, en su caso, a la extracción de los restos y a su exposición en museos o instalaciones adecuadas que aseguren el conocimiento por los ciudadanos, tanto de ese país como del nuestro, de la época histórica a que pertenecen y del fundamental papel desempeñado por España durante siglos.
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